En el asunto de las policías municipales ocurre porque en los diferentes municipios se carece de protocolos adecuados para la detención y custodia de las personas que cometen faltas administrativas y son internadas en las cárceles, separos o espacios destinados a cumplir con sanciones privativas de libertad.
Lo que ha originado que personas pierdan la vida al interior, ya sea por aparentes suicidios, lesiones que son provocadas por los propios agentes aprehensores o por otras causas que no son debidamente atendidas ni investigadas.
El mismo organismo defensor ha advertido que muchos de esos espacios destinados a prisión preventiva carecen de condiciones materiales dignas para contener a personas privadas de la libertad.
Dichos separos no cuentan con energía eléctrica, generalmente tampoco tienen sanitarios y los que tienen están en pésimas condiciones de higiene; amén de la falta de limpieza, de ventilación, no hay espacios destinados exprofeso para internar a mujeres o personas adultas mayores o con discapacidad.
De igual forma, en muchos de los casos se carece de personal para la custodia permanente y atención a las personas detenidas; tampoco tienen médicos para certificar o brindar atención de salud o primeros auxilios a las personas detenidas.
Por ello se incumple con los principios y normas aplicables, que garantizan que toda persona sometida a cualquier forma de detención o prisión será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente a todos los seres humanos.
No es posible que los policías municipales no estén atentos a las y los detenidos, se supone que hay guardias que vigilan que no traigan ningún objeto que les represente un riesgo de vida.
Otro punto que llama la atención y que la misma DDHPO ha informado es que aún cuando se ha iniciado una averiguación previa y/o carpeta de investigación en cada uno de los casos en que una persona ha perdido la vida en esas cárceles municipales, dichos procedimientos jurídicos no dan lugar a investigaciones exhaustivas, imparciales y eficaces para hacer efectivo el ejercicio de acceso a la justicia y aquí tiene que ver con el deficiente trabajo de jueces del Poder Judicial.
Es importante destacar que la DDHPO ha emitidos tres recomendaciones a autoridades municipales por muertes de personas detenidas y que fallecieron en los separos, estos son:
San Antonino Castillo Velasco, expediente 06/2008; San Pedro Apóstol Ocotlán, expediente 02/2020 y Santa María Alotepec, Mixe con el expediente 05/2022.
Las cárceles municipales se convirtieron en un espacio de muerte, por ello urge una legislación sobre este delicado tema, la profesionalización de los cuerpos de seguridad, aunque se lleve cuatro o cinco años, pero se debe empezar desde ya, para evitar las gravísimas violaciones a los derechos humanos, que como estadísticamente se comprueban, van 15 muertos por supuesto ahorcamiento.
Eso ya no debe suceder.
Por ello es urgente que, en materia de legislación, las y los diputados de la 65 Legislatura de Oaxaca se pongan a trabajar para que por ley sea obligatoria la profesionalización de los cuerpos de seguridad municipal.
Que se destine un presupuesto específico para tal fin y se vigile su aplicación, caso contrario, seguiremos sumergidos en esas graves deficiencias que se registran en las cárceles municipales que son el mismísimo infierno.
Y finalmente, el Estado debe establecer mecanismos de colaboración que permitan a las autoridades municipales cumplir con el mandato de garantizar la seguridad y paz pública de sus comunidades.
Que cuando establezcan sanciones que impliquen la detención de una persona, ésta pueda tener asegurada su integridad física y psicológica, además de que las instalaciones cuenten con condiciones de infraestructura, seguridad y atención integral compatibles con el respeto a su dignidad.